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Decisiones del dia 10/03/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito Extensión El Vigia
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 9368-08 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Via Intimatoria
Partes:
CORPORACION DROGUERÍA LOS ANDES C.A. DROLANCA (APODERADO JUDICIAL ABOGADO JOSÉ RAMÓN RANGEL MONTIEL). VS FARMACIA LA VICTORIA C.A. (REPRESENTADA POR LOS CIUDADANOS MANUEL BELTRÁN RODRÍGUEZ JIMÉNEZ Y DALIA DEL VALLE COLMENARES MARTÍNEZ).
Resumen:
Dicho esto, resulta evidente, que habiendo transcurrido el lapso previsto por el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se ha consumado en esta causa la perención de la instancia, y así debe declararlo de oficio este Tribunal de conformidad con lo establecido por el Artículo 269 eiusdem. II Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por la Empresa Mercantil CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES C.A. (Corporación Drolanca), representada por su apoderado judicial ABOGADO JOSÉ RAMÓN RANGEL MONTIEL, titular de la cédula de identidad Nº 1.703.065 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 3.366 y civilmente hábil. Notif.....
Juez/Ponente:
Julio Cesar Newman Gutierrez
Organo:
Juzgado Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito Extensión El Vigia
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N° Expediente : 10080-09 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Via Intimatoria
Partes:
JOSE LUIS CASTRO. VS MARIA AGRIPINA SALINAS VIELMA.
Resumen:
En el presente caso, la demanda fue admitida el 19 de noviembre de 2009, ordenándose el emplazamiento de la ciudadana MARIA AGRIPINA SALINAS VIELMA observando quien decide, que no consta actuación alguna por la parte actora desde la fecha de admisión, es decir desde el día 19 de noviembre de 2009, conforme el computo, para impulsar la citación, verificando un lapso de más de treinta (30) días desde la admisión de la demanda, sin que el demandante hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para practicar la citación del demandado, es decir, sin poner a la orden del Alguacil los medios y recursos necesarios para el logro de la citación. Así las cosas, resulta evidente, que habiendo transcurrido el lapso previsto en el ordinal 1ro. del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, se ha consumado en esta causa la perención de la instancia, y así debe declararlo este Tribunal conforme lo establece el artículo 269 eiusdem. En virtud de lo anteriormente expuesto, este .....
Juez/Ponente:
Julio Cesar Newman Gutierrez
Organo:
Juzgado Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito Extensión El Vigia
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N° Expediente : 8307-09 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2010
Procedimiento:
Cobro De Honorarios Profesionales
Partes:
CORPORACION DROGUERIA LOS ANDES C.A. (ENDOSATARIOS A TITULO EN PROCURACION ABOGADOS. JOSE RAMON RANGEL MONTIEL Y KASWAN D` JESUS VALERO RONDON) VS "FARMACIA CARACAS (EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL CIUDADANAN ELIDE SORENA CAÑIZALES DE CARREÑO Y ADOLFO JOSE CARREÑO MENDEZ.)
Resumen:
Como consecuencia, de la anterior declaratoria se condena a la sociedad mercantil FARMACIA CARACAS, C.A., y al ciudadano ADOLFO JOSÉ CARREÑO MÉNDEZ, antes identificados, a pagar a la parte demandante sociedad mercantil CORPORACIÓN DROGUERÍA LOS ANDES, C. A. (CORPORACIÓN DROLANCA), los conceptos siguientes: PRIMERO: La cantidad de TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 32.910.625,00) equivalentes, en la actualidad, a la cantidad de TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIEZ BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.F. 32.910,62) a la que asciende la totalidad de las letras de cambio objeto de la demanda. SEGUNDO: La cantidad de OCHENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 87.083.33) equivalentes, en la actualidad, a la cantidad de OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs.F. 87,08) por concepto de intereses moratorios calculados a la rata del cinco por ciento (5%). TERCERO: La cantidad de CIN.....
Juez/Ponente:
Julio Cesar Newman Gutierrez
Organo:
Juzgado Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito Extensión El Vigia
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