Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA POR ABANDONO DEL TRAMITE EN LA SOLICITUD DE NOTIFICACION JUDICIAL, presentada por el ciudadano abogado RICHARD DANILO YAÑEZ OLAIZOLA, venezolano, mayor de edad, titulara de las cédula de identidad Nº V-11.039.586, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 223.728 y jurídicamente hábil, actuando en representación de INVERSIONES DELMO S.A, constituida según documento inserto en el Registro de Comercio con fecha 24 de noviembre de 1977, bajo el N°1930, Tomo I, folios 35 al 51, establecida en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida.-REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, CÓPIESE. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE ESTE DESPA.....