este CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento, en razón de que no es contraria a derecho y verse sobre derechos disponibles; igualmente el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el o la demandante no puede volver a presentar su demanda antes de que transcurra un mes, de conformidad con el Artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se ordena el Cierre y Archivo del Expediente Nº JMS-0590-11. Motivo: DIVORCIO ORDINARIO. DEMANDANTE: JOSUE ALEXANDER PAREDES MARQUEZ. DEMANDADA: MARITZA RAMIREZ FLORES. PROCEDENCIA: PARTICULAR. FECHA DE ENTRADA: 08 de DICIEMBRE de 2011. Cúmplase.