Este Tribunal se declaró funcionalmente INCOMPETENTE para conocer, sustanciar y decidir, en primer grado de jurisdicción, la pretensión autónoma de amparo constitucional propuesta el 20 de marzo de 2019, propuesta por la ciudadana MARÍA JOSÉ DÍAZ ALBORNOZ, sistida por la profesional del derecho AUDREY DEL C. DORTA S., contra el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia, se DECLINÓ el conocimiento de dicha pretensión en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad de Mérida, al cual por distribución le corresponda.