"Este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos
Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos Yuraima del Carmen Paredes Carrero y José Ramón Rosales González, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante por anteel Registrado civil de la Parroquia Lasso de La Vega del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 25 de mayo de 2007, según acta Nº 27. Así se decide."