Por Decisión N° 145/09 de esta fecha, se ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el Artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 ejusdem, a FAVOR del ciudadano ALBERT JOSEPH MORA MORA, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.539.618, nacido en fecha 15/10/1986, soltero, estudiante, domiciliado en la Urbanización La Trinidad, Calle Principal, Casa N° 51, El Vigía del Estado Mérida; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano MARCOS ALEXIS SUÁREZ GÓMEZ.-