declara: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION DE IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO, incoada por la ciudadana ADRIANA DAVILA COLINA, plenamente identificada en autos, a favor del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, actualmente de seis (06) años de edad, en contra del ciudadano YESID MUSTAFA PARADA MARTINEZ, identificado en autos, por haberse comprobado que la filiación declarada no es la verdadera, en consecuencia, se deja sin efecto el reconocimiento voluntario hecho por el ciudadano YESID MUSTAFA PARADA MARTINEZ, identificado en autos, en acta de reconocimiento N° 102, en fecha 22/11/2005, por ante la Registradora Civil de la Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Mérida, y en la Partida de nacimiento N° 21 de fecha 10/03/2005, por ante la Registradora Civil de la Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Mérida.