Se declaró INCOMPETENTE por razón de la materia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de El Vigía, para conocer y decidir el presente juicio. Se declaró la NULIDAD de la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva apelada, de fecha 11 de enero de 2007, dictada por el prenombrado Juzgado. Se decretó la REPOSICIÓN de la causa al estado en que se encontraba para la fecha en que se dictó decisión, a fin de que el mencionado Juzgado proceda a DECLINAR la competencia para conocer en la Jueza Unipersonal de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.