PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, interpuesta por la Sociedad Mercantil "Comercializadora 7437 C.A.", en contra de la ciudadana YSABEL MARGARITA SÁNCHEZ GUERRERO.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes, haciéndole saber que el lapso para que interpongan el recurso que considere pertinente contra la presente decisión comenzará a correr una vez que conste en autos sus notificaciones. Líbrese por auto separado las correspondientes boletas.
TERCERO: Se exime de costas a la parte actora por la naturaleza del fallo, de conformidad con .....