Este Juzgado dictó sentencia definitiva declarando: PRIMERO: se declara SIN LUGAR, la presente acción de reconocimiento del documento privado, el cual obra inserto a los folio 12 y 13, incoada por el ciudadano GABRIEL ALEJANDRO VERA GUTIÉRREZ, venezolano, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.571.590, domiciliado en El Vigía, municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, asistido por el abogado ADALBERTO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.074.488, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 34.008, con domicilio procesal Avenida 16, N° 6-40, Planta Baja, Oficina 1, Escritorio Jurídico, El Vigía estado Bolivariano de Mérida; en virtud que el mismo, carece de intensidad. Así se decide.-
SEGUNDO: no se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Así se decide.-
Publíquese y regístrese la presente decisión.