Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la causa, a partir de la interposición de la apelación del accionante, abogado Francisco Pulido Zambrano y la consiguiente reposición de la misma al estado de que el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso.