DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DEL ESTADO MÉRIDA, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos EDUARDO ALI PEÑA DÁVILA y YENNYS ZULAY PEÑA SAAVEDRA, en contra de PEDRO JOSE MORENO LUNA, ambas partes identificadas en autos.
Segundo: NO HAY CONDENATORIA, en costas en virtud de la naturaleza del fallo dictado.
Publíquese y Regístrese.- Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 1384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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