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Decisiones del dia 10/08/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1314 N° Sentencia : 674 Fecha: 10/08/2007
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
JESUS TOMAS MONTILLA MONTILLA
Resumen:
En mérito a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, procediendo en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Declara Su INCOMPETENTENCIA para decidir el presente Título Supletorio, en razón del territorio, interpuesto por el ciudadano JESÚS TOMAS MONTILLA MONTILLA, en su carácter de DIRECTOR DE LA UNIDAD ESTADAL DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS MÉRIDA, asistido por la Abogado CARRERO C. XIOMARA, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-4.469.136, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No 84.470, quien ocupa el cargo de Abogada I en esta unidad estadal del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras Mérida, y que cuya competencia le corresponde al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sed.....
Juez/Ponente:
Yolivey Flores
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito
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N° Expediente : 27753 N° Sentencia : 675 Fecha: 10/08/2007
Procedimiento:
Reconocimiento De La Comunidad Concubinaria
Partes:
VERGARA VARELA MARLENY DEL SOCORO, VS PUENTE VIELMA ANGEL GERARDO.
Resumen:
este Tribunal declara la Nulidad del auto de fecha 03 de mayo del año 2007, que corre inserto al folio 143 del presente expediente y repone la causa al estado en que sucedió el acto írrito, relativo a la notificación de la parte demandada de la decisión de fecha 17 de abril del año 2007. Sin embargo, como quiera que de autos se observa que la parte demandada, en escrito de fecha 08 de agosto del año 2007, mediante el cual solicitan la referida reposición de la causa, se entiende que se ha producido una notificación tácita del fallo proferido en fecha 17 de abril del año 2007, lo cual hace inútil la reposición al estado en que se encontraba la causa para el día en que debió notificarse de dicha decisión, en consecuencia, se REPONE la causa, y tal reposición debe ser al estado de que comience a discurrir el lapso para que la parte demandada proceda a dar contestación a la demanda dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a que conste en autos la última notificación de las pa.....
Juez/Ponente:
Yolivey Flores
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito
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