Dispositiva:
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de Francisco Eduardo Calderón Rivas, titular de la cédula de identidad Nº 3.497.162, suspensión que se acuerda por el lapso de once (11) meses y veintisiete (27) días, el cual comenzará a transcurrir a partir de la fecha de imposición de esta decisión, decisión que se dicta de conformidad con los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese boleta de citación al penado, para el día lunes diecisiete de septiembre del año en curso (17.09.2007), a las nueve y treinta de la mañana (9:30 am.), para imponerlo de la suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada a su favor, para que suscriba el acta de compromiso y se le haga entrega de copia certificada de esta decisión. Ofíciese a la.....