Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 318 numeral 3 ejusdem a favor de ADRIAN DE LA CRUZ MATERANO MORENO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.438.589, nacido en fecha 05-03-1980, de 28 años de edad, soltero, de ocupación agricultor y comerciante, hijo de Ezequiel Materan Montilla (f) y de Rosaura Del Carmen Moreno de Materan (v) domiciliado en la población de Tucani vía El Matadero, como a 9 ó 10 casas antes del Bohío de "Rita", casa de color rosada, de una sola planta, bajando a mano izquierda, Municip.....