este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA la NULIDAD ABSOLUTA de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, del Auto de Entrada de la presente causa emitido por este Tribunal el 28-06-2010, y los autos de ejecútese de sentencia de los acusados LUIS ANTONIO PIÑERO MARQUEZ y ALEJANDRA DEL CARMEN PERNIA dictados en fecha 12-07-2010, por violación al Derecho a la Defensa y el Derecho de la Doble Instancia, consagrados en el numeral 1 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 179 y 453 de la ley Adjetiva Penal, todo a solicitud de los abogados JEAN CARLOS TORRES LINDARTE y EYELITZA GUILLEN MARTÍNEZ, el primero defensor de la acusada ALEJANDRA DEL CARMEN PERNIA, venezolana, cedula de identidad Nº 16.680.655, nat.....