Así las cosas, se dio inicio a la audiencia y con la mediación del Juez Temporal de éste Tribunal, manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo:
PRIMERO: La parte demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE CONTABILIDAD Y ASESORAMIENTO INTEGRAL R.L., a través de su representante legal y Coordinadora General, ciudadana YADIRA GUERRERO BLANCO, titular de la cédula de identidad No. 11.465.229, con plena cualidad y facultad para este acto, debidamente asistida por la abogado ELOISA ANGULO FLORES, titular de la cédula de identidad No. 8.000.629, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 28.154., por conviene en la demanda intentada por la demandante, ciudadana YOLIBETT DEL VALLE OSUNA MONSALVE, en relación a la prestación de los servicios y duración de la relación de trabajo, señalados, reconociendo expresamente el pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos surgidos de la relación de trabajo, tomando en cuenta la duración de la relación laboral, y el salario correspondiente, existiend.....