En atención a las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su competencia para conocer y decidir el presente Recurso de Nulidad contra Acta de fecha 30 de Noviembre de 2015, suscrita por el abogado Yoberty Jesús Díaz Vivas, en su carácter de Inspector del Trabajo Jefe en el Estado Bolivariano de Mérida, contenida en el expediente No. 026-2015-01-00116
SEGUNDO: Se admite el Recurso de Nulidad, interpuesto contra Acta de fecha 30 de Noviembre de 2015, suscrita por el abogado Yoberty Jesús Díaz Vivas, en su carácter de Inspector del Trabajo Jefe en el Estado Bolivariano de Mérida, contenida en el expediente No. 026-2015-01-00116
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisd.....