Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de conformidad con lo establecido en el artículo 185A del Código Civil, hecha por el ciudadano EFRAIN MANUEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 13.296.226, domiciliado en el sector 3 de Octubre, Parroquia Tucaní, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida, debidamente reconocida en fecha 12 de julio de 2017 (f.17) por la ciudadana EDITH LÓPEZ LÓPEZ, colombiana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de ciudadanía No. 60.436.546, domiciliada en el Sector 3 de Octubre, Parro.....