Se dictó sentencia y se condenó a José Ramón Avendaño, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.960.104, hijo de Formocina Avendaño y de padre desconocido, domiciliado en Pie del Llano, calle 19, Mérida, estado Mérida, el cual fue defendido por el Defensor Público Penal, Abg. Oscar Lujano, a cumplir la pena de ocho (8) años de prisión, por ser autor responsable penalmente del delito de Robo Propio, previsto en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Maribel Guillén de Salcedo. Se absuelve al acusado ya identificado, de la acusación presentada por el Ministerio Público, referente al delito de Porte Ilícito de Arma Blanca, previsto en el artículo 277 del Código Penal.