Decisión
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Declara procedente el sobreseimiento de la causa solicitado por la representación fiscal. 2.- Ordena la cesación de la medida de presentación personal de la imputada ante el Tribunal así como la terminación del procedimiento La presente decisión tiene fundamento legal en los artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; 1, 2, 4,5, 6, 7, 318.2, 319, 320, 321, 323 y 324 del código Orgánico Procesal Penal; 75 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; 1° del Código Penal. Así se decide. Notifíquese al Ministerio Público, defensora e investigada. Cúmplase.