Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero:ante tales hechos, considera esta Juzgadora que los mismos encuadran en los supuestos del tipo penal señalado por el Ministerio Público, razón por la cual admite la calificación del delito de Aprovechamiento de Vehículos Provenientes de Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Segundo:En cuanto a las pruebas promovidas por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, se admiten los siguientes medios de prueba por considerar que son útiles, pertinentes y necesarios para establecer el grado de participación o no y de culpabilid.....