Se ordena la ejecución forzosa y en consecuencia líbrese MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier Tribunal competente de la República de conformidad con el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte arrendataria - demandada de conformidad con lo ordenado por el JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en sentencia dictada en fecha veintiuno (21) de junio de dos mil diecisiete (2.017), hacer entrega a la parte actora del inmueble (local), totalmente desocupado de personas y cosas a su propietario o apoderado judicial, ubicado en la avenida Urdaneta, Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida. Igualmente se ordena la parte demandada perdidosa en pagar a la parte actora la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 56.000,oo) por concepto de pago de canones de arrendamiento vencidos e insolutos, correspondiente a los meses de junio, j.....