JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, con sede en esta ciudad.- Tovar, diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017).-
207º y 158º
Estando dentro del lapso para dictar sentencia, éste Tribunal en aras de esclarecer y de lograr una clara convicción de los hechos en la presente causa y a los fines de garantizar una recta y sana administración de justicia, pasa a dictar auto para mejor proveer de conformidad con el artículo 514 ordinal 2º del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, ordena oficiar a la Oficina del Servicio de Administración Migración y Extranjería con sede en Tovar, para que informe a este Tribunal si en la base de datos llevados por el SAIME aparece el siguiente N° de cedula V- 13.230.987, de ser afirmativo a quien se encuentra asignado dicho numero y la fecha de expedición del documento de identidad. Cúmplase.
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