En virtud de las consideraciones anteriores, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, y DEL TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: El decaimiento de la acción, por falta de interés procesal, por estimación e intimación de honorarios profesionales, interpuesta en fecha 25 de julio de 2006, por el profesional del derecho JUAN CARLOS CUESTA MAGGIOLO, en su carácter de co-apoderado Judicial de la parte demandada ciudadano GERMÁN JOSÉ ROJAS GUERRA, contra la decisión dictada en fecha 12 de junio de 2006 por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido en su contra por los ciudadanos MARCOS AVILIO TREJO y JORGE LUIS MORALES R. Segundo: Se confirma en todas y cada una de sus partes el fallo apelado. Tercero: Dada l.....