este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, intentada por la Ciudadana MARÍA EUGENIA VEGA DE GARCÍA, titular de la cédula de identidad número V- 8.045.551, asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS LUÍS MATOS BARÓN, titular de la cédula de identidad número V- 8.038.560, inscrito en el Inpreabogado bajo matricula número 42.300, en contra del Ciudadano LINDHER RAMÓN GARCÍA BRICEÑO, titular de la cédula de identidad número V-8.044.107, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la sentencia número 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con carácter vinculante, así como la sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, No. RC.000136, de fecha 30 de marzo de 2017.
SEGUNDO: En .....