DISPOSITIVA
El Tribunal vista como ha quedado planteada y circunscrita la litis, decide y decreta:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por la Fiscalía Sexagésima Novena del Ministerio Público, contra el ciudadano: GABINO MATÍAS ROSALES, la comisión del delito de INCENDIO DE VEGETACIÓN NATURAL, previsto y sancionado en el Artículo 50 de la Ley Penal del Ambiente, de conformidad con el artículo 330.2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Admite las pruebas ofrecidas por la referida Fiscalía por considerarlas quien suscribe legales, útiles y pertinentes a los fines del proceso; así como haber sido incorporadas de forma lícita al mismo de acuerdo a las normas numeradas 197, 198 y 199 eiusdem y por aplicación del artículo 330.9 del mismo Código.
TERCERO: Por aplicación del artículo 330.2 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la orden de ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO contra el imputado: GABINO MATÍAS ROSALES, la comisión del delito de INCENDIO DE VEG.....