Se ANULÓ la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Se declaró CON LUGAR la excepción de falta de cualidad e interés en los demandantes para proponer la demanda y en el demandado JOSÉ RAMÓN ARAUJO BRICEÑO para sostener el juicio. Así como, CON LUGAR la excepción de falta de cualidad e interés para sostener el juicio opuesta por los demandados. De igual forma, se declaró SIN LUGAR la demanda incoada por la demandante. Finalmente, se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado de la parte demandada.