DISPOSITIVAL:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 4 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación y las pruebas promovidas por el Ministerio Público. SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se CONDENA a HENRI ANGULO CUERO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.238.416, natural de Buena Ventura Valle, República de Colombia, nacido en fecha 26-10-1977, soltero, obrero, hijo de Domitila Cuevas (v) y de Juan R. Angulo (v), domiciliado en el Sector El Carmen, subiendo por la Plaza de Tucani , calle principal, casa s/n, cerca de la Iglesia de Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE ESPECIES FORESTALES EN VEDA, previsto y sancionado en el artículo 107 ordinal 4 de la Ley de Bosques y Gestión F.....