Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el sitio indiciado por la parte actora. CONCLUSIÓN: Este Tribunal conforme lo solicitado por la parte actora, juramento a la Ciudadana: Raizza Luisa Millano como guardadora y custodia, del inmueble objeto del traslado, instruyéndola de sus deberes como tal. Se deja constancia que el Embargo Ejecutivo se ejecuto hasta por la cantidad de dos cientos cuarenta mil bolívares (Bsf 240.000,). Cumplida como fue la comisión se acordó devolverla al Tribunal de la causa, dejando en su lugar copia fotostática de todas las actuaciones para el archivo del Tribunal, se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y por estas actuaciones no se recaudó arancel judicial alguno dada la gratuidad de la justicia.