Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida, por el Juzgado  Primero  de Primera Instancia en lo Civil,  Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial  del Estado Mérida,  se trasladó y constituyó en el sitio indiciado por la parte actora. CONCLUSIÓN:   Este  Tribunal conforme  lo solicitado  por la parte actora,  juramento  a la Ciudadana:  Raizza Luisa  Millano  como guardadora  y custodia,  del inmueble objeto del traslado, instruyéndola de sus deberes  como tal.  Se deja constancia que el Embargo  Ejecutivo se ejecuto hasta por la cantidad  de dos cientos cuarenta mil bolívares (Bsf 240.000,).   Cumplida  como  fue  la  comisión  se acordó devolverla  al  Tribunal de la causa,  dejando en su lugar  copia  fotostática  de todas las actuaciones  para el archivo  del Tribunal, se respetaron todos los derechos  y garantías constitucionales  y por  estas  actuaciones  no se  recaudó arancel judicial alguno dada la gratuidad de la justicia.