Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: MIGUEL ANTONIO SALAS y ELISA DEL CARMEN PERNIA DE SALAS, venezolanos, mayores de edad, casados, Titulares de las cédulas de identidad Números V- 9.083.792 y V-8.036.307, respectivamente, domiciliados en el Municipio Tovar del Estado Mérida y hábiles. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Zea, en fecha: 30 de Marzo de 1983, según acta de Matrimonio N° 8. Se ratifica en todas y cada una de sus partes lo establecido por los cónyuges en .....