SEGUNDO: se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha siete (07) de julio de dos mil veinticinco (2.025), por la ciudadana Abogada Lady Valeria Márquez Vargas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.637.091, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 296.478, actuando en su carácter Defensora Pública Auxiliar Segundo Agrario del estado Bolivariano de Mérida, extensión el Vigía designada según resolución Nº DDPG-2024-016, suscrita por el Despacho del Defensor Público General de fecha 22/01/2024, actuando bajo el principio de la Unidad de la Defensa Pública y previo requerimiento de la ciudadana Carolina Alcira Roa Aguilar venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.428.531, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, en fecha dos (02) de junio de dos mil veinti.....