Por Decisión N° 414/08 de esta misma fecha, se ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL, así como los MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS, y DECLARA PROCEDENTE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado DARWIN BAUTISTA DUARTE CONTRERAS, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.056.472, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana DARLYS DEL VALLE DUARTE PÉREZ. Se establece como plazo de régimen de prueba UN (01) AÑO contado a partir de la presente fecha 10 DE DICIEMBRE DE 2008 HASTA EL 10 DE DICIEMBRE DE 2009.-