Se declaró la NULIDAD del acto de certificación de la copias de las actuaciones supuestamente contenidas en expediente número 8043. Se decretó la REPOSICIÓN de la incidencia al estado de que el Juzgado de la causa proceda a certificarlas cumpliendo las formalidades exigidas por el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. No se hizo especial pronunciamiento sobre costas.