DISPOSITIVA: Este Tribunal le concede el derecho de palabra a la parte demandante abogado: IVÁN GOLFREDO MALDONADO PÉREZ, quien expuso: "Dada la falta de comparecencia de la parte demandada Ciudadana: MAYERLING YORLET ARAQUE CABALLERO, lo cual es la conducta asumida por la misma en el procedimiento Administrativo llevado por SUNAVI, y a los fines de continuar con el proceso, solicito se le nombre un Defensor en materia inquilinaria, es todo". Seguidamente este Tribual vista la ausencia de la parte demandada y conforme al pedimento hecho por la parte actora acuerda oficiar a la Defensa Pública, a los fines que le designen un Defensor Público, a la demandada de autos. Igualmente visto lo aquí manifestado en la Audiencia de hoy, insta a las partes a mantener normas de estricto respeto a las normas de convivencia humana tratando en lo posible de mantener la armonía durante el transcurso del presente juicio y hasta la entrega del inmueble, conforme a la ley. Es todo, terminó se leyó .....