En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos GERARDO ENRIQUE HERNÁNDEZ MORENO y MARÍA DEL CARMEN CANCELO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V- 12.348.771 y V- 10.716.296, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JOSÉ CRISPULO GUZMAN CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.001.748, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.747, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicam.....