El Tribunal declaró la validez de todas las actuaciones realizadas por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida y en cuanto a la admisibilidad de la demanda el Tribunal resolverá lo conducente hasta tanto la parte actora consigne los requisitos exigidos por el 691 del Código de Procedimiento Civil.