El JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano PONCIANO QUINTERO VALERA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.200.099, de este domicilio, quien falleció ab-intestato el día seis (06) de Octubre del año dos mil once (2.011), a la ciudadana ANTONIA RIVAS DE QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.767.865, y los ciudadanos MARBELIS COROMOTO QUINTERO RIVAS, IDANIA DEL CARMEN QUINTERO RIVAS, ELVIS ANTONIO QUINTERO RIVAS, FATIMA DEL VALLE QUINTERO RIVAS y JUAN CARLOS QUINTERO ROJAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-17.130.118, V-18.966.801, V-23.499.088, V-20.850.985 y N° V-13.966.091, respectivamente, todos domiciliados en la ciudad d.....