PARTE DISPOSTIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por nulidad de venta, interpuesta por la ciudadana ALIS SULEIMA DÁVILA VERGARA, asistida por la abogada en ejercicio ZENAIDA LA CRUZ DE VALERO, en contra de los ciudadanos MANUEL CÁCERES ORDUZ, DESIDERIO CÁCERES PEÑA y NELSON EPIMÉNIDES GUTIÉRREZ ARAUJO, en referencia a los documentos de venta de fechas: 24 de marzo de 2010 y 30 de julio de 2010.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo se condena en costas a la parte actora de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por cuanto la decisión sale dentro del lapso legal no se requiere la notificación de las partes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
DADA, FIR.....