Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LEIDA MANCILLA MANCILLA, contra la PROVEDURÍA TOTAL S.A. (Identificados anteriormente en autos).
SEGUNDO: Se condena a la PROVEDURÍA TOTAL S.A. a pagar a la ciudadana LEIDA MANCILLA MANCILLA, las siguientes cantidades: Bolívares trescientos veintitrés mil doscientos veintiocho con cincuenta céntimos (Bs. 323.228,50), por concepto de prestación de antigüedad; la cantidad de noventa y siete mil setecientos treinta y tres con veintitrés céntimos (Bs. 97.733.23) por concepto de vacaciones fraccionadas; la cantidad de setenta mil setecientos treinta y tres con veinte céntimos (Bs. 70.733,20) por concepto de utilidades fraccionadas; la cantidad de doscientos veintiú.....