Por las todas las razones de hecho y de derecho que anteceden, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Admite la acusación presentada contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), antes identificado, por el delito de Abuso Sexual a Adolescente, en la modalidad de Actos Lascivos, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), calificación jurídica que no altera la situación fáctica que se le atribuye al acusado, ni significa circunstancias que agraven el hecho, ni que cause indefensión al adolescente, por cuanto comporta una corrección, con fundamento en el artíc.....