NEGO la Medida Innominada de Protección a la Producción, solicitada por la ciudadana ISABEL TERESA MARQUEZ, Representada por el abogado SALVADOR BENITEZ CADENAS, en su carácter de Defensor Público Agrario Nº 02 de la extensión de la unidad de Defensa Pública El Vigía, Estado Mérida, a pesar de haber demostrado el requisito del "Fumus Boni Iuris", el buen derecho que se reclama puesto que en la inspección practicada por este Tribunal, en fecha 29 de enero de 2014, se evidencia la producción fomentada por la ciudadana ISABEL TERESA MARQUEZ, no es menos cierto, que la solicitante de la medida no demostró la amenaza de desmejoramiento, de la ruina o de la destrucción de la producción agraria existente, ya que en la inspección practicada por este Tribunal, no consta impedimento alguno para el ejercicio de la actividad agraria por cuanto no existe interrupción de la misma, motivo por el cual no existe peligro de daño inminente que pueda ocasionar perjuicio a la actividad agrícola que se de.....