Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos EDUARDO JOSÉ DOS SANTOS y MILAGROS MARISOL RAMÍREZ LINCON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.036.812 y V- 8.820.236, en su orden, domiciliados el primero en el sector San Rafael, calle 10, casa Nº 493, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en la Urb. Alfredo Lara, vereda 8, casa Nº 14, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados Ciudadanos, según Mat.....