Este Juzgado de Control de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a pronunciarse sobre la imputación que ha hecho el Ministerio Público en contra de YULEIMA CASIQUE UZCATEGUI, haciéndolo en los términos siguientes: admite en forma total la acusación que a formalizado el ciudadano del Ministerio Público José Gregorio Lobo, en contra de la acusada YULEIMA CASIQUE ya que dicha acusación cumple con lo requisitos del art 326 COPP, y en la que le atribuye la comisión DELITO DE TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS, delito este previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano; como consecuencia de la admisión de la acusación y de las pruebas se ordena la APERTURA AL JUICIO ORAL Y PÚBL.....