PARTE DISPOSITIVA:
ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante JESÚS ADELIS PIRELA PARRA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° 3.038.359, fallecido en fecha 10 de agosto del 2005, a las ciudadanas MARIA ELSY DE LAS MERCEDES ALBORNOZ DE PIRELA, ARELYS CAROLINA PIRELA ALBORNOZ, venezolanas, mayores de edad, viuda y soltera, titulares de las Cédulas de identidad Nros. 5.206.053 y 14.916.947 respectivamente, de este domicilio. Se deja a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones legales correspondientes.
SEGUNDO: Se ordena devolver las presentes actuaciones en original a la parte interesada, previa certifica.....