Declara firme la referida decisión dictada en fecha 25/01/2011, y ordena el archivo del expediente. Ahora bien, como corolario del anterior pronunciamiento, y a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la parte in fine del fallo supra citado, este Tribunal SUSPENDE medida cautelar de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por el esta instancia judicial, en fecha 10 de octubre de 2008