PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA EMBARGO PREVENTIVO, solicitada por la parte actora en la presente causa, sobre bienes muebles pertenecientes a la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL ALIMENTOS PROCESADOS DE VENEZUELA C.A. (ALIPROVEN C.A.), hasta por la cantidad de CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 198.556,62) equivalente a CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA DOLARES AMERICANOS CON 98 CENTAVOS DE DOLAR ($ 5.430,98), que representa el doble de la suma de dinero liquida, exigible y de plazo vencido, monto que convertido en bolívares para el momento de la interposición de la demanda, al cambio oficial de 36,56 Bs., más la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 152.639,82), equivalente a CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CIONCO DOLARES AMERICANOS CON 05 CENTAVOS DE DÓLAR ($ 4.175,05) por concepto de intereses de mora, calculados POR LA PARTE ACTORA al 5% ANUAL, más la cantida.....