DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por BANCO ANDINO VENEZOLANO C.A, por medio de sus Apoderados Judiciales Abogados LUIS ALBERTO CERRADA SALAS Y MARÍA ESBELTA MORENO DE CERRADA, Identificados anteriormente, contra el Ciudadano JORGE VICENTE DE LA TORRE ANDUEZA, suficientemente identificado anteriormente, por COBRO DE BOLÍVARES, en consecuencia se Decreta:
PRIMERO: Se ordena al demandado JORGE VICENTE DE LA TORRE ANDUEZA, pagar al demandante BANCO ANDINO VENEZOLANO C.A., representado por los Abogados LUIS ALBERTO CERRADA SALAS Y MARÍA ISBELIA MORENO DE CERRADA, la cantidad de SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 63.829,85) que comprende el monto de los consumos rea.....