DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Juicio Nro. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: por cuanto el acusado admitió los hechos este tribunal admite la aplicación del procedimiento especial por admisión de los hechos y como consecuencia jurídica pasa a dictar la parte dispositiva de la sentencia en la forma siguiente: PRIMERO: Se condena al ciudadano JHONATHAN ALBERTO CONTRERAS ROSALES, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, con aplicación de la rebaja especial prevista en los artículos 74.4 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, como son la inhabilitación Política mie.....