PARTE DISPOSITIVA
EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos CARLOS FABIO MONSALVE OSORIO Y MARÍA DEL CARMEN GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- Nros. V- 3.039.524 y V-13.803.052,, respectivamente, de este domiciliados en la ciudad de ejido, Municipio Campo Elías del estado Mérida y civilmente hábiles, según matrimonio civil celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Campo Elías del estado Mérida, hoy Registro Civil de la Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del estado Mérida, según acta de Matrimonio Nº 42, en fecha.....